domingo, 22 de noviembre de 2009

TEMA 4.3 o 6. DEUDA PUBLICA

Asignatura: Legislación Fiscal
Profesor: Fabio Jiménez
Tema 4.3 Deuda Publica.
Crédito Público: noción, límites, clasificación. El Empréstito. Ley Orgánica de Crédito Público.
Crédito Público:
Es la capacidad que tiene el Estado y demás organismos públicos para endeudarse. Las operaciones de crédito público tienen por objeto lograr u obtener recursos o fondos para realizar obras, atender casos de evidente necesidad o de conveniencia nacional y cubrir necesidades colectivas. No se podrá contratar operaciones de crédito público con garantía o privilegios sobre bienes o rentas nacionales, estadales o municipales; para la ejecución de operaciones de crédito público, la republica aceptara letras de cambio, emitirá pagares o cualquier otro titulo valor. Los Estados, municipios y entes creados por ellos, no podrán realizar operaciones de crédito público externo y para la realización de crédito público interno se requiere la autorización de la Asamblea Nacional mediante Ley especial.

Los créditos adicionales.
La falta de previsión en la elaboración del presupuesto, puede dar origen a la solicitud de créditos adicionales, estos incrementan el endeudamiento y serán aprobados por el Ejecutivo Nacional, oída la opinión de la Oficina Nacional de Presupuestos.

Los traslados o traspasos de la partida presupuestaria.
El traslado o traspaso de la partida presupuestaria solo procede en caso de suma urgencia y previa autorización de la Ley, ya que los gastos e ingresos no pueden dársele un destino distinto al fijado o establecido, se corre el riesgo de sanción penal por desviación de fondos públicos.

Fondo Monetario Internacional (F.M.I).
Es una Institución Financiera Internacional destinada a prestar ayuda a los países miembros en caso de dificultad con sus reservas internacionales o fiscales, se creo para favorecer el comercio y la cooperación. Presta ayuda financiera a los países miembros que se encuentren en dificultades temporales de pago; su misión es impulsar la colaboración internacional en la política monetaria y sistema de pagos.
El F.M.I., tiene una junta de gobernadores, Directores Ejecutivos, un Director Gerente y un Cuerpo de funcionarios. La junta de gobernadores, en ella reside todos los poderes, admitir, y retirar a los países miembros, autorizar paridad de la moneda, etc.
Los Directores Ejecutivos son los responsables de las realizaciones de las operaciones del Fondo.
Venezuela es miembro desde el año de su creación.

El Banco Mundial (B.M).
Fue creado como organización complementaria del F.M.I., sus fines consisten en contribuir, fomentar, promover el crecimiento, coordinar los préstamos, coordinar los proyectos urgentes y la inversión de capital para fines reproductivos y de rehabilitación económica de los países miembros.
Su órgano rector es la junta de gobernadores.
Política para los préstamos:
Los requisitos para los préstamos y garantías del B.M., están sujetos a las condiciones siguientes:
1. Que el país miembro en cuyo territorio radique el proyecto no sea por si mismo el prestatario.
2. El prestatario no podrá obtener el préstamo en condiciones que fueran inaceptables para su cumplimiento.
3. Se emitirá un informe crítico recomendando el proyecto, tras un cuidadoso estudio de las circunstancias que en él concurran.
4. El B.M., deberá recibir una compensación adecuada a su riesgo.

Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D).
Fundado por iniciativa de diecinueve países latinoamericanos y de los Estados Unidos con el objeto de posibilitar el desarrollo económico, individual y colectivo de los países miembros. Su creación fue contar con un organismo de desarrollo que atendiera los problemas urgentes de la región y contribuir al desarrollo de America Latina, mediante el respaldo financiero a empresas privadas de pequeña y mediana escala.
Para cumplir con sus operaciones de préstamo y cooperación, el B.I.D., cuenta con su capital ordinario, que comprende el capital suscrito, las reservas y fondos captados a través de contribuciones especiales de sus países miembros.
Su máxima autoridad es la Asamblea de gobernadores, la cual esta representada por todos los países miembros.

Deuda Pública.
Noción:
Con el pasar del tiempo, el Estado ha visto incrementar sus gastos en forma acelerada, teniendo que recurrir a créditos adicionales, tanto internos como externos para poder cubrir sus fines y necesidades colectivas, por ello el Estado se endeuda y el servicio de la deuda pública cada día es más pesada.
Concepto:
La Deuda Publica, es la obligación contraída por el estado con relación al uso del crédito, artículo 7 ordinal 4 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público…….
La deuda pública puede originarse en:
1. La emisión y colocación de títulos, incluyendo Letras del Tesoro, constitutivos de empréstitos, externos o internos.
2. La apertura de crédito de cualquier naturaleza.
3. La contratación de obras, servicios o adquisiciones cuyo pago total o parcial se estipule realizar en el transcurso de uno o más ejercicios fiscales.
4. La consolidación, conversión, unificación y cualquier forma de refinanciamiento o reestructuración de deuda publica existente.
La Ley establece los límites de endeudamiento público de acuerdo con un nivel prudente en relación con el tamaño de la economía, la inversión reproductiva y la capacidad de generar recursos para cubrir el servicio de la deuda pública.
Clasificación de la Deuda Pública:
1. Deuda Pública Externa: Es aquella que se encuentra formada por empréstitos emitidos en moneda extranjera.
2. Deuda Pública Interna: Es aquella que se produce cuando el estado pide prestado domésticamente, vendiendo sus valores a sus propios ciudadanos.
3. Deuda Pública Consolidada: Es aquella contraída a mediano o largo plazo, concediendo por consiguiente al deudor, un periodo mas o menos largo para pagarla.
4. Deuda Pública Flotante: Es aquella contraída a corto plazo originada generalmente por un déficit de caja y cuya exigibilidad se produce en un espacio de tiempo muy reducido.
5. Deuda Redimible, Amortizable o Reembolsable: Es aquella en que el estado deudor se compromete a devolver por parcialidades o al término de un periodo previamente determinado, el capital recibido más los intereses que se generen.
6. Deuda Irredimible, No reembolsable o Perpetua: Es aquella en que el Estado deudor no se obliga a devolver el capital recibido, sino únicamente a cancelar los intereses estipulados.
7. Deuda Pública Directa: Es aquella que el Estado contrata, obligándose a pagar afectando su patrimonio.
8. Deuda Pública Indirecta: Es aquella contraída por los entes públicos, estadales, municipales, Institutos Autónomos y Empresas del Estado, en la que el Estado sirve de fiador.
9. Deuda Pública Administrativa: Es aquella que contrae el Estado para pagar sus gastos ordinarios de administración destinados a cubrir los sueldos de personal, alquiler de oficinas, insumos, etc.
10. Deuda Pública Financiera: Es aquella que contrae el Estado con proyección hacia el futuro, hacia gastos reproductivos o de inversión.

Limites de la Deuda Pública.
No podrán realizar operaciones de crédito público, los Institutos Autónomos y demás personas jurídicas públicas descentralizadas, las fundaciones y Sociedades pertenecientes a la Republica, los Estados, Distritos y Municipios, artículo 34 de la Ley Orgánica de Crédito Público.
Causas de la Deuda Pública.
La deuda pública tiene sus causas determinadas y estas son:
• Causas Aparentes:
1. Variación del valor de la moneda. Las depreciaciones del signo monetario son frecuentes y un problema generalizado de los países latinoamericanos ya sea por efecto de la inflación o devaluación.
2. La Evolución de las reglas presupuestarias. La variación constante de los principios de Derecho Presupuestario incrementa los gastos.

• Causas Relativas:
1. Las anexiones que incrementan el territorio pueden aumentar los gastos, pero crean nuevos ingresos.

• Causas Reales:
1. Gastos Militares. En tiempo de paz, los países incrementan los gastos en equipos bélicos y modernizando sus fuerzas armadas.
2. Expansión de la Actividad del Estado. La expansión o aumento de la población, conlleva a mayores gastos de seguridad, vivienda, salud, educación, etc.
3. Aumento de los Costos. Las nuevas tecnologías y el aumento internacional de los costos inciden en el presupuesto público.
4. Burocracia y presión política. El crecimiento inclemente de los empleados en la administración pública y la presión de los grupos políticos para emplear o colocar a sus partidarios, que son inoperantes, innecesarios e inciden en el gasto público.

Conversión de la Deuda Pública.
Significa reducción del interés que devenga la deuda al tiempo que se da opción al acreedor a pedir su reintegro.

Amortización de la Deuda Pública.
Es toda merma que se hace sobre los beneficios con el fin de disminuir el valor de los elementos del activo.