miércoles, 30 de septiembre de 2009

TEMA 4.1 o 4. RECURSOS PUBLICOS

Universidad Alejandro de Humboldt
Ciencias Económicas y Sociales
Profesor: Fabio Jiménez
Tema 4.1
Recursos Públicos. Concepto. Evolución Histórica, Clasificación de los Recursos. Régimen legal de los recursos del Estado.
1.- Concepto.
Los recursos públicos son los ingresos que obtiene el Estado en forma coactiva (Tributos), voluntaria (donación, legado) de la economía de los particulares y del uso de sus bienes (venta, usufructo, arrendamientos) para satisfacer las necesidades colectivas, a través de la prestación de los servicios públicos.
Otros lo definen como “El dinero que llega a poder del Estado para atender la necesidad financiera de los servicios públicos”.
2.- Evolución Histórica.
Hasta el siglo XIX, el Estado obtenía generalmente los ingresos de su propio patrimonio, o sea, por la enajenación, arrendamiento, etc de sus propios bienes. Pero es a partir de ese mismo siglo que los Estados se han modernizado para adoptar una nueva fuente y obtener los ingresos necesarios para satisfacer las necesidades y esa nueva fuente es EL PODER SOBERANO que tiene el Estado y que por ende lo faculta para establecer tributos cuando así lo crea necesario para la obtención de medios que satisfagan las necesidades colectivas. También los ingresos públicos han experimentado una notoria evolución por la incidencia de factores económicos y sociales, tales como, políticas de incentivo al desarrollo, de integración económica internacional y de seguridad social.
3.- Clasificación de los Recursos.
La primera clasificación es la tradicional, que clasifica los recursos públicos en:
• Ingresos originarios, son los que obtienen directamente del patrimonio del Estado y demás entes públicos.
• Ingresos Derivados, son los que obtiene el Estado y demás entes públicos a través de su intervención coactiva en la economía de los particulares en virtud de su poder de imperio para establecer tributos, impuestos, tasas, contribuciones especiales, contribuciones parafiscales, Sanciones fiscales, multas y crédito publico y moneda.
La segunda clasificación es según su normalidad o accidentalidad de los ingresos públicos y se divide en:
• Ingresos Ordinarios, son aquellos recursos que recibe el Estado periódicamente, son comunes y habituales, aparecen en cada ejercicio fiscal, ejm, impuesto sobre la renta.
• Ingresos Extraordinarios, son aquellos recursos que no se perciben regularmente sino una sola vez, ejm, venta de un activo, privatización de una empresa.
La tercera clasificación es de acuerdo a los ingresos que pudiera obtener el Estado, con la denominación de precio, y así tenemos:
• Precios privados, se refiere a los servicios que presta el Estado que son divisibles entre el Estado y los particulares y el beneficio es indivisible, solo del Estado.
• Precios públicos, tiene las mismas características del privado, pero el Estado se interesa en prestar el servicio.
• Precios políticos, con las mismas características, pero el estado presta el servicio sin importarle el costo, ejm, ferrocarril, transporte fronterizo, también puede ser utilizado para transportar al ejercito en un momento dado.
La cuarta clasificación es la que establece el Estado en forma unilateral, obligatoria sin que exista una contraprestación de servicio.

Características del impuesto.
1. Se trata de prestaciones que deben dar los administrados al Estado, generalmente consistentes en dinero.
2. Son establecidos por el Estado en forma unilateral y sin necesidad de consulta.
3. Son obligatorios para todas las personas que se encuentre bajo los supuestos de la Ley.
4. No existe contraprestación por parte del Estado.
Régimen Legal de los Recursos del estado.
Artículos 316 y 317 de la CNRBV, establece un freno al abuso de las administraciones públicas a favor de los administrados.
Artículos 41 al 58 de la LOHPN.

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